Tengo muy claro que ninguna acción buena se pierde en este mundo. En algún lugar quedará para siempre - Vicente Ferrer.

viernes, 28 de diciembre de 2007

El Constitucional español permite ir a la huelga a los inmigrantes

El Tribunal Constitucional español ha reconocido el derecho de huelga a los inmigrantes aunque trabajen de forma irregular. Por ello ha declarado inconstitucional el artículo 11.2 de la ley que aprobó el Gobierno de José María Aznar en el 2000, que solo reconocía este derecho a los trabajadores extranjeros legales.
Con esta resolución, el tribunal ha dado un vuelco a la legislación del PP en materia de extranjería. Hace un mes ya declaró inconstitucionales los preceptos que impedían a los inmigrantes sin papeles el derecho de sindicación, a la asistencia gratuita y a la educación.

El pleno del alto tribunal explica que el derecho de huelga es un derecho universal reconocido en la Constitución. Por ello, rechaza que se pueda restringir a los trabajadores sin permisos. El alto tribunal define el concepto de trabajadores como "todo aquel que presta sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona".
Por ello, afirma que es contrario a la Constitución la exigencia de que el trabajador sea legal.

El derecho de la huelga, subraya la sentencia, no se puede otorgar solo a las "personas en razón de su nacionalidad o de la situación administrativa en la que pueda encontrarse en un momento determinado sino solo por el hecho de ser trabajador".

La protesta es un derecho universal.

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